ICONOS FINALES-TRAZADOS

Derecho sucesorio

Posible anulación de desheredación testamentaria por reconciliación tácita

Derecho sucesorio

Una hija había sido desheredada por su madre en el testamento, alegando como motivo maltrato de obra o injurias graves de palabra. Con el tiempo, cuando la madre ya tenía un deterioro cognitivo importante, la hija volvió a estar cerca de ella y le prestó cuidados. Tras el fallecimiento, la hija demandó para que se reconociera que había existido una reconciliación tácita (es decir, sin firmar nada y sin decirlo expresamente) que debía anular la desheredación, y pidió heredar a partes iguales con su hermana. Como alternativa, solicitó que se declarase injusta la causa de desheredación para, al menos, conservar su legítima.

La otra hermana se opuso, defendiendo que esa supuesta reconciliación no era válida para dejar sin efecto lo que decía el testamento. Tanto en primera instancia como en apelación se rechazó la demanda, y la hija acudió en casación, pero el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia también desestima el recurso.

El TSJ explica que la reconciliación, aunque tiene un componente “social”, aquí funciona además como algo parecido a un negocio jurídico porque tiene un efecto muy serio, neutralizar una cláusula testamentaria. Y como el testamento es un acto formal y solemne, la reconciliación que pretenda producir efectos sucesorios exige un acto jurídico formal, bilateral y recíproco, no bastando conductas ambiguas o pasivas como “estar”, “aceptar” o recibir cuidados. Además, en este caso concreto, el TSJ destaca que la madre no tenía capacidad de obrar suficiente por su estado de salud, de modo que no puede interpretarse que aceptar la presencia de la hija equivalga a una verdadera voluntad de reconciliarse.

Según la TSJ, lo más seguro para anular una desheredación sería que la reconciliación se reflejara de forma expresa en un nuevo testamento o, excepcionalmente, en un documento igualmente formal. Incluso abre la puerta a una reconciliación expresa en documento privado si es inequívoco y refleja claramente la voluntad del causante, pero rechaza, fuera de supuestos muy concretos, que existan “otras formas tácitas” basadas en conductas o en un conjunto de actos.

En controversias sobre herencias, nuestros profesionales podrán asesorarle en la defensa de sus pretensiones y derechos.

Newsletter de actualidad

* Campos obligatorios

Protección de datos personales.


Responsable del tratamiento: ECONOMICS & TRIBUTARIS, S.L.P., B55505093
,

La finalidad del tratamiento de sus datos es enviarle comunicaciones informativas y comerciales, en base a su consentimiento, facilitado al aportar sus datos (artículo 6.1.a, RGPD)
Usted puede hacer valer los siguientes derechos sobre sus datos,

  • Derecho de información, acceso, de rectificación, de oposición, de supresión ("al olvido"), de limitación del
    tratamiento, de portabilidad, de no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
  • Recuerde que ejercitar sus derechos es gratuito. También puede usted presentar una reclamación ante la
    autoridad de control.

Puede usted acceder al aviso legal y a la información completa aqui


Desliza para activar el botón

 

 

Suscríbete

Suscríbete a nuestra newsletter

Si deseas estar informado de todas las novedades del sector, suscríbete a nuestra newsletter

¡Suscríbete!